Ser trans, del castigo al reconocimiento

Empezamos mal. Cuando en los ‘60 alguien tuvo la idea de recurrir a la justicia civil para obtener documentos acordes con su identidad de género, ignoraba que el juez pasaría los antecedentes a la justicia penal. Esa movida colocó al médico que había realizado la intervención quirúrgica directamente en la cárcel. Ni que hablar del cambio de documentación pedido.Durante los años del Proceso, los repertories que guardan memoria de los fallos judiciales no registran decisiones relativas a transexualidad. No era buen tiempo para nada, y menos para pretender el reconocimiento del derecho a la identidad.

Para Mauricio Mizrahi, el “síndrome transexual” es una “patología” que llama “paranoia”. Por eso, recomienda la terapia “de palabra” y no “de bisturí”. Llega a proponer, creemos que sin sonrojarse, la sugestión, la hipnosis y las técnicas de condicionamiento.

Todo fue “no” hasta 1989. Ese año, Mario Calatayud -integrante de la Sala E de la Cámara Nacional Civil- se mostró a favor del derecho de las personas transexuales a obtener el reconocimiento de su identidad. Si bien era minoría, no estaba solo -Germán Bidart Campos, por ejemplo, sostenía desde su autoridad como jurista la misma posición- pero resultaba ser una voz osada que se oponía al conjunto de los “bienpensantes” que entendían defender el estado de derecho (y por qué no la moral, las buenas costumbres y la salud misma) diciendo “no”.

Ese voto en minoría de Mario Calatayud (parece justo repetir su nombre) marca un hito, una frontera. Se ubica contradiciendo al discurso dominante. A partir de él, y de las opiniones doctrinarias que lo acompañaron, el estado de cosas empezó a cambiar. En diferentes Tribunales nacionales y provinciales, comenzó a reconocerse el derecho a la identidad de las personas transexuales.

¿Cambió la sociedad? Cambió. Pero no tanto. No lo suficiente por ahora. El respeto y los prejuicios transfóbicos coexisten en diferentes grados.

La polémica entablada entre Santos Cifuentes y Mauricio Mizrahi (en adelante M.M.) vale como muestra, en tanto la publicación de sus opiniones revela que hay un público capaz de escuchar y reconocerse en cada uno de los interlocutores.

Cada tanto ocurre en el campo del Derecho que una polémica ocupa el centro de la escena. No es infrecuente que la ideología de los polemistas se muestre en primer plano y abandone por una vez los pliegues más o menos subterráneos en los que habitualmente se encuentra.

Pongámoslo en claro. Son dos especialistas en derecho (Santos Cifuentes y M.M.) que opinan sobre el derecho a la identidad. De eso hablan, pero hablan también de sí mismos y de la sociedad que los contiene.

Para M.M., lo que entiende como “syndrome transexual” es una “patología” que llama “paranoia”. Tremendiza el sentido de las cirugías a las que pueden acudir las personas transexuales. Recomienda la terapia “de palabra” y no “de bisturí”. Dice (obviemos las comillas por un rato ya que todo, absolutamente todo, debiera ir “entre comillas”) que el sentimiento de pertenecer al otro sexo es una convicción tal que lleva al transexual a estar poseído de una incontrolada aspiración a modificar quirúrgicamente su propio sexo somático y obtener el reconocimiento jurídico de su transformación, dando rienda suelta a su enfermedad. Afirma que en el fondo se pretende pertenecer al sexo de los ángeles o a un tercer sexo. Se duele de que exista un discurso médico que acceda a la demanda de los transexuales y -lo que le aparece como cuestión más delicada- que esa posición sea recibida por la mayoría de la doctrina y de la jurisprudencia. Esto es, que los jueces, con el apoyo de los especialistas, accedan a las demandas de las personas transexuales. Acusa a todos de practicar un verdadero proselitismo al favorecer el reconocimiento y supone que hay obstinación al ignorer los éxitos de los tratamientos psiquiátricos. Llega a proponer, creemos que sin sonrojarse, la sugestión, la hypnosis y las técnicas de condicionamiento. También cree que médicos y cirujanos son en buena parte responsables de la expansión del fenómeno transexual.

Dice mucho más y peor. ¿Dónde poner comillas? Qué hacer sino despreciar a quien propone “inhibir a la Justicia de prohijar los síntomas y desbordes patológicos del demandante”. Qué cosas y con qué palabras contestar a quien protesta por el “libre desarrollo de los delirios”. Es grotesco e infame.

Santos Cifuentes, reitero, Santos Cifuentes, que no responde por completo a las expectativas que el pleno derecho a la identidad supone, pero que respeta y sostiene este derecho, no duda en acusarlo. Dice que M.M. es contrario a la casi unánime doctrina, que incurre en comparaciones inadmisibles y argumentos puramente efectistas. Le endilga que

sostiene hipótesis disparatadas y formula pronósticos atroces y temerarios. Claro, M.M. cree que de insistirse en este tema se encontraría en peligro la especie humana, que lo que se busca es “convertirnos a todos en “iguales” y sembrar “un manto de peligro” en la sociedad toda, y que acordar es como llegar a una “libertad absoluta” que pertenece al “contorno de la locura”.

Oponiéndosele, Santos Cifuentes destaca que nada impide al orden jurídico reconocer cuestiones decididamente íntimas y personales, que no perjudican a terceros ni a la sociedad ni atacan las buenas costumbres, y que el ser humano todo no se limita a su conformación puramente animal. Le tira por la cabeza las “bases para una legislación sobre adecuación de sexo en casos de transexualidad y consiguiente modificación de nombre” (1991). También lo desafía a enfrentar las soluciones afirmativas, de origen legal o jurisprudencial, existentes en Suecia, Alemania, Italia, Holanda, Austria, España, Grecia, Luxemburgo, Portugal, Suiza, Singapur, Nueva Zelanda y Australia.

M.M. no se queda quieto. Acusa a Santos Cifuentes de equivocado, falaz e ignorante que recurre a peticiones de principio.

Santos Cifuentes denuncia que cuando “se pasa a la denostación personal, una de las partes va demostrando debilidad en sus posiciones” y, pidiendo a M.M. que haga un esfuerzo de moderación, deja cerrado el debate.

Y el debate se cierra así, con las dos posiciones

planteadas y tan enfrentadas como al principio.

Con esa contundencia, con ese mar de fondo, con esas resonancias, con ese estar jugando en cada argumento algo del orden de lo que se sostiene más allá de toda teoría, más cerca de las vísceras, los polemistas muestran en formato de repertorio jurídico los sentimientos y las convicciones que coexisten en la sociedad.

¿Representa M.M. algo más que una posición minoritaria? ¿Supone algo más que el congraciarse con los estamentos más retrógrados?

No esta vez. No cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es un poder del Estado y que tiene en sus manos asegurar el respeto de los derechos de los ciudadanos, habla como ha hablado. La Corte ha recibido la mejor doctrina, las opinions más consecuentes con el derecho a la identidad (que es mayoritaria, pero que gana al institucionalizarse en un fallo del más Alto Tribunal). En el caso de Alitt (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual), la Corte no ha dudado en encuadrar la defensa del derecho a la identidad en el marco del bien común. Antes de que la Corte hablara, la Inspección General de Justicia había negado a ALITT la personería jurídica. Y la Cámara Civil, con argumentos retrógrados, había confirmado esa negativa, sosteniendo básicamente que su finalidad no era aceptable para el bien común.

En la Provincia de Buenos Aires, la Suprema Corte que es la cabeza del Poder Judicial provincial, sostuvo muy recientemente que el derecho a la identidad asociado a las demandas de las personas transexuales debe ser respetado. Lo hizo descalificando un fallo inhumano del Tribunal de Familia No. 1 de Morón y dejando de lado la opinión contraria de la Procuración (opinion retrógrada que exigió formalidades inaceptables en un terreno tan sensible). El fallo de la Suprema Corte pone las cosas en su lugar y da a los ciudadanos la certeza que faltaba. Los fallos de ese Alto Tribunal son obligatorios para todos los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires.

Vale la pena recordar, porque fue bueno que así fuese, que los fallos citados fueron suscriptos de modo unánime por los miembros de esos Tribunales superiores. Llevan al pie las firmas de la totalidad de las juezas y jueces que los integran.

Es bueno para todos. A todos nos hace bien el respeto de los derechos. In legibus salus.